En el año 1995, el Subcomité de Reacciones Adversas de la Academia Europea de Alergología e Inmunología clínica realizó una clasificación de las reacciones adversas a los alimentos. Dentro de esta clasificación, las reacciones no tóxicas se dividieron en alergia alimentaria (ante la intervención de mecanismos inmunológicos) e intolerancia alimentaria, en caso de no mediar dichos mecanismos. La misma organización sostiene que aproximadamente un quinto de la población presenta una reacción alimentaria adversa.
Se denomina, entonces, intolerancia alimentaria a las reacciones adversas que el organismo presenta frente a algunos alimentos que se digieren, metabolizan o asimilan completa o parcialmente.
A grandes rasgos, hay dos tipos de intolerancia alimentaria:
- Metabólicas: se producen cuando el organismo no metaboliza correctamente un alimento debido a un fallo orgánico.
- Inespecíficas: se dan cuando el organismo no asimila adecuadamente determinado alimento más allá del estado clínico específico del individuo.
Mientras que las primeras se detectan mediante pruebas específicas de intolerancia, al identificar un déficit metabólico, como es el caso de la intolerancia a la lactosa (donde el organismo tiene un déficit de la enzima lactasa) o el de la intolerancia a la fructosa o al gluten.
Las segundas, las inespecíficas, tienen un diagnóstico más complejo. Este tipo de intolerancia es propia de cada individuo, esto quiere decir que no está provocada por un componente del alimento, sino la forma en la que es consumido y pueden modificarse durante el transcurso de la vida.